Es incumbencia del ingeniero agrimensor:
El título de Ingeniero Agrimensor habilita para las siguientes competencias:
A • Realizar el reconocimiento, determinación, medición y representación del espacio territorial y sus características.
B • Realizar la determinación, demarcación, comprobación y extinción de los límites territoriales y líneas de ribera;
C • Realizar la determinación, demarcación y comprobación de jurisdicciones políticas y administrativas; de hechos territoriales existentes y de actos posesorios; y de muros y cercos divisorios y medianeros.
D • Realizar por mensura la determinación, demarcación y verificación de inmuebles y parcelas y sus afectaciones.
E • Estudiar, proyectar, registrar, dirigir, ejecutar e inspeccionar:
- a) levantamientos territoriales, inmobiliarios y/o parcelarios con fines catastrales y valuatorios masivos;
- b) divisiones, subdivisiones en propiedad horizontal, prehorizontalidad, desmembramientos, unificaciones, anexiones, concentraciones y recomposiciones inmobiliarias y parcelarias.
F • Certificar y registrar el estado parcelario y los actos de levantamiento territorial.
G • Realizar e interpretar levantamientos planialtimétricos, topográficos, hidrográficos y fotogramétricos, con representación geométrica, gráfica, y analítica.
H • Realizar interpretaciones morfológicas, estereofotogramétricas y de imágenes aéreas y satelitarias.
I • Estudiar, proyectar, dirigir y ejecutar sistemas geométricos planimétricos y mediciones complementarias para estudio, proyecto y replanteo de obras.
J • Estudiar, proyectar, dirigir y aplicar sistemas trigonométricos y poligonométricos de precisión con fines planialtimétricos.
K • Estudiar, proyectar, dirigir y aplicar sistemas geodésicos de medición y apoyo planialtimétricos.
L • Realizar determinaciones geográficas de precisión destinadas a fijar la posición y la orientación de los sistemas trigonométricos o poligonométricos de puntos aislados.
M • Realizar determinaciones gravimétricas con fines geodésicos.
N • Efectuar levantamientos geodésicos dinámicos, inerciales y satelitarios.
O • Estudiar, proyectar, ejecutar y dirigir sistemas de control de posición horizontal y vertical y sistemas de información territorial.
P • Elaborar e interpretar planos, mapas y cartas temáticas, topográficas y catastrales.
Q • Determinar el lenguaje cartográfico, símbolos y toponimia.
R • Participar en la determinación de la renta potencial media normar y realizar la delimitación de las zonas territoriales.
S • Participar en la tipificación de unidades económicas zonales e interpretar su aplicación.
T • Participar en la formulación, ejecución y evaluación de planes y programas de ordenamiento territorial.
U • Realizar tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles.
V • Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con las mensuras y mediciones topográficas y geodésicas, las representaciones geométricas, gráficas y analíticas y el estado parcelario.
Cuando los alcances designen una competencia derivada o compartida, la responsabilidad primaria y la toma de decisiones, la ejerce en forma individual y exclusiva el poseedor del título con competencia reservada según el art. 43 de la Ley de Educación Superior.